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Empresa de Vigilancia Estatal sancionada con más de 5 Millones de Soles de multa

Publicado: 2021-09-19

El Tribunal de Contrataciones del Estado impuso a la Empresa de Seguridad, Vigilancia y Control S.A.C – ESVICSAC (empresa del Estado Peruano que forma parte de la Corporación FONAFE) dos multas por un Total de S/ 5´212,164.74

Inicialmente ESVICSAC había sido sancionada con inhabilitación temporal para contratar con el Estado, a través de las Resoluciones Nº 2228-2021-TCE-S2 y Nº 2315-2021-TCE-S2 por 38 y 6 meses respectivamente.

En virtud a los recursos de reconsideración interpuestos por ESVICSAC, la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, emitió dos Resoluciones de fecha 10 de setiembre de 2021, reformulando las sanciones de inhabilitación temporal por multas de S/ 1’842,601.82 y S/ 3´369,562.92 en cada caso.

Con relación a ello debe tenerse en cuenta que el numeral 50.4 del artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que las Entidades que actúan como proveedores del Estado no pueden ser sancionada con inhabilitación temporal o permanente, correspondiendo la aplicación de sanción de multa por la comisión de cualquiera de las infracciones previstas en dicha Ley.

Las sanciones impuestas a ESVICSAC fueron por haber presentado información inexacta (Resolución Nº 2315-2021-TCE-S2) y por haber presentado documentos falsos o adulterados (Resolución Nº 2228-2021-TCE-S2).

ESVICSAC ya había sido sancionada anteriormente con inhabilitación temporal por haber presentado un documento falso y/o información inexacta en el Concurso Público N° CP-002-2005-OLE/PETROPERU. Dicha Empresa recurrió al Poder Judicial y obtuvo una medida cautelar que suspendió la inhabilitación dictada por el Tribunal de Contrataciones del Estado, sin embargo, mediante Resolución Nº 6 del 11 de mayo de 2015, el Juzgado canceló la medida cautelar declarando infundada la demanda.

Además, se recuerda que ESVICSAC habría presentado una “Resolución Judicial” falsa de fecha 10 de Marzo de 2008, supuestamente emitida por el 35° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima.

Según el abogado Juan Carlos González Salinas, especialista en Contrataciones del Estado, resulta preocupante que el pago de la cuantiosa multa se materialice mediante recursos directamente recaudados, por la ejecución de contratos con el estado que tiene la empresa ESVICSAC, los cuales forman parte del Presupuesto Nacional de la República, es decir con el dinero de todos los peruanos


Escrito por

Oscar Saravia

Consultor en Contrataciones del Estado


Publicado en

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