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Inhabilitan por 36 meses a Universidades USIL y ESAN por presentar documentos falsos

Publicado: 2021-03-14

La Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado confirmó la sanción de 36 meses de inhabilitación temporal, impuesta a las Universidades Privadas San Ignacio de Loyola S.A. y ESAN.

A través de la Resolución Nº 563-2021-TCE-S4, de fecha 24 de febrero de 2021, la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado declaró Infundado el Recurso de Reconsideración, presentado por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., contra la Resolución N° 0272-2021-TCE-S4, del 28 de enero de 2021.

La Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado señala que la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., presentó documentación falsa como parte de su oferta, en el marco del Concurso Público N° 0008-2016-SUNAT/8B1200 – Primera Convocatoria, para la contratación del “Servicio de capacitación en líneas de servicios y transversales”, convocado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.

Por otro lado, mediante Resolución Nº 599-2021-TCE-S4, de fecha 26 de febrero de 2021, la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado declaró Infundado el Recurso de Reconsideración presentado por la Universidad ESAN, contra la Resolución N° 0299-2021-TCE-S4, del 1 de febrero de 2021.

La Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado da cuenta que la Universidad ESAN, presentó documentación falsa, ante la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – SBS, en el marco de la Adjudicación Simplificada N° 006/2018-SBS – Primera Convocatoria, para la “Contratación del servicio de diseño, administración, procesamiento y presentación de resultados del examen de conocimientos y de redacción del XX Programa de Extensión SBS – 2019”.

La sanción impuesta a la Universidad San Ignacio de Loyola S.A. estará vigente hasta el 1 de Marzo de 2024, mientras que la sanción a la Universidad ESAN se mantendrá hasta el 25 de Febrero de 2024.

Durante la vigencia de la sanción, dichas universidades, no podrán ejercer su derecho a participar en procedimientos de selección, procedimientos para implementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado.

Descargue las Resoluciones Nº 563-2021-TCE.S4 y Nº 599-2021-TCE.S4 aquí

Fuente Propia

Unidad de Investigación “Compras Estatales”

(Foto Referencial del Tribunal de Contrataciones del Estado por ANDINA)


Escrito por

Oscar Saravia

Consultor en Contrataciones del Estado


Publicado en

comprasestatales

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